NOVEDADES EN LAS BONIFICACIONES EN LA SEGURIDAD SOCIAL POR EL PERSONAL INVESTIGADOR

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 1/2023 de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral que supone un importante cambio para la aplicación de las bonificaciones por personal investigador

El pasado martes 10 de enero, se aprobó en el Consejo de Ministros el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

En lo relativo a las bonificaciones por personal investigador, reguladas en el Real Decreto 475/2014, se establecen los siguientes cambios:

  • En este sentido, la contratación indefinida, por empresas dedicadas a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, entendiendo como tales las actividades descritas en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, de personal para la realización con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo dará lugar, durante un máximo de tres años, a una bonificación del 40 por 100 sobre la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes.
  • De manera adicional, la contratación de personas investigadoras jóvenes, entendiendo por tales aquellas que sean menores de 30 años, y la contratación de mujeres investigadoras dará, respectivamente, derecho a una bonificación adicional de un 5 por 100, siendo estas acumulables, en su caso, entre sí.
  • Se modifican los artículos 1 y 2 del Real Decreto 475/2014, estableciendo las bonificaciones en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes en la contratación del personal investigador adscrito a actividades de I+D+i.

La entrada en vigor de estos cambios está prevista para el 1 de septiembre de 2023, siempre y cuando dicho decreto ley pase el trámite de convalidación.